Elección judicial 2028: IECM advierte retos en paridad y cobertura de vacantes
La elección judicial de 2028 en la Ciudad de México requerirá reglas claras sobre la participación de mujeres y hombres, la cobertura de vacantes en juzgados y magistraturas, así como la verificación de los requisitos de elegibilidad. Así lo planteó Sonia Pérez Pérez, consejera del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), durante un foro realizado en el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), donde advirtió sobre los desafíos que implica la reciente reforma al sistema de elección de personas juzgadoras.
Durante el foro “La elección judicial en la Ciudad de México: una perspectiva desde el género, los derechos humanos y la innovación democrática”, la consejera sostuvo que la convocatoria debe precisar desde el inicio cuáles cargos serán disputados por mujeres y cuáles por hombres. El objetivo, explicó, es ofrecer certeza a las personas participantes y reducir las controversias relacionadas con la asignación de los puestos.
Pérez Pérez recordó que, en la elección judicial de 2025 en la capital, la convocatoria identificó las vacantes que correspondían a candidaturas femeninas y masculinas. Este mecanismo permitió delimitar la competencia en determinados cargos y establecer con mayor claridad quién obtenía la mayor votación dentro de cada grupo.
En la mesa de análisis “Proceso electoral judicial extraordinario 2025. Experiencias, reflexiones, criterios y sentencias con perspectiva de género y derechos humanos en materia electoral”, en la que participaron la magistrada del TECDMX Laura Patricia Jiménez Castillo y el asesor legislativo Mauricio Augusto Calcaneo Monts, la consejera señaló que las nuevas disposiciones en materia de paridad hacen necesario precisar los criterios de asignación antes de que comience la contienda.
De acuerdo con la funcionaria del IECM, la definición anticipada de estas reglas también permitiría evitar problemas derivados de la aplicación de distintos criterios para asignar los cargos, como los que, señaló, se presentaron en el ámbito federal. La falta de uniformidad puede abrir la puerta a impugnaciones y procesos de judicialización que prolonguen la definición de los resultados.
Otro de los puntos señalados fue el cambio en el mecanismo para cubrir las vacantes de magistraturas y juzgados. Pérez Pérez explicó que, durante el proceso de 2025, existía la posibilidad de recurrir a las personas que seguían en el orden de votación para ocupar una plaza vacante. Con la nueva regulación, en cambio, la vacante deberá someterse nuevamente a elección.
La consejera advirtió que este esquema podría generar periodos sin una persona titular electa, incluso cuando la vacante se produzca poco tiempo después de que la persona ganadora haya asumido el cargo. Este escenario plantea retos para la continuidad en la integración de los órganos judiciales, por lo que consideró necesario analizar las implicaciones operativas y jurídicas de la nueva disposición.
Pérez Pérez también recordó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha conocido controversias relacionadas con la aplicación del modelo anterior de sustituciones, después de las reformas constitucionales. Estos antecedentes, expuso, muestran la importancia de establecer procedimientos que reduzcan la incertidumbre sobre la ocupación de las plazas judiciales.
La verificación de los requisitos de elegibilidad, conocidos como la “8 de 8”, constituyó otro de los temas centrales. La consejera señaló que, durante la elección judicial de 2025, el IECM solicitó información a diversas autoridades antes de entregar las constancias de mayoría, con el propósito de comprobar que las personas ganadoras no se encontraran en alguno de los supuestos de impedimento previstos en la normativa.
Ante la próxima elección, consideró necesario que el procedimiento de revisión quede establecido expresamente en las disposiciones aplicables. También planteó que se garantice el derecho de audiencia de las personas involucradas y que las candidaturas conozcan con anticipación los criterios, plazos y mecanismos que regirán la comprobación de los requisitos.
Las propuestas expuestas por la consejera colocan en el centro de la organización electoral de 2028 tres asuntos que deberán resolverse con anticipación: la aplicación de la paridad de género, la respuesta institucional ante las vacantes y la revisión de la elegibilidad de quienes resulten electos. La claridad normativa será determinante para brindar certeza a las candidaturas y a la ciudadanía, así como para reducir el riesgo de que las decisiones sobre la integración del Poder Judicial capitalino terminen en los tribunales.
Fuente: Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), boletín de prensa UTCSyD-330, 19 de octubre de 2026.
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